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  1. CODIGO PENAL

Titulo I

Delitos de Trafico: son infracciones graves a las normas viales que ponen en riesgo la seguridad pública y pueden conllevar multas, suspensión de licencia o penas de cárcel.

ART 1: Giro indebido

Se considera una falta el giro incorrecto en las vías de tránsito, lo que significa efectuar una maniobra de giro sin respetar las señales viales o sin evaluar las condiciones de seguridad. Esta conducta pone en riesgo a otros usuarios de la vía y puede provocar accidentes. La sanción por esta infracción es una multa de $80.000.


ART 2: Circular en sentido contrario

Se establece como falta conducir en dirección opuesta en vías de un solo sentido. Esta conducta pone en riesgo la seguridad vial y la integridad de conductores y peatones. La sanción correspondiente es una multa de $120.000.


ART 3: Uso excesivo del claxon/bocina

Se establece como falta el uso excesivo o innecesario del claxon, provocando ruido excesivo y afectando la tranquilidad y seguridad en la vía pública. Esta acción puede generar molestias a conductores y peatones. La sanción correspondiente es una multa de $70.000.


ART 4: Ignorar señales de tránsito

Se considera una falta desatender las señales de tránsito, como semáforos, señales de alto, ceda el paso y otras indicaciones viales. Esta conducta compromete la seguridad vial y puede provocar accidentes o colisiones. La sanción correspondiente es una multa de $100.000.


ART 5: Circular en sentido contrario

Se establece como falta conducir en sentido contrario en vías de un solo sentido, poniendo en riesgo la seguridad vial y la integridad de conductores y peatones. La sanción correspondiente es una multa de $120.000.


ART 6: Aparcar en zonas no habilitadas

Se considera una falta estacionar en zonas no autorizadas, como aceras, áreas peatonales o espacios de emergencia, ya que obstruye el tránsito y pone en riesgo a los peatones. La sanción correspondiente es una multa de $100.000.


ART 7: No ceder el paso a vehículos de emergencia

Se considera una falta no otorgar prioridad de paso a vehículos de emergencia con señales activadas, como ambulancias, bomberos o policía, ya que puede retrasar la atención de emergencias y poner vidas en peligro. La sanción correspondiente es una multa de $150.000.


ART 8: Realizar adelantamiento indebido

Tipifica como falta adelantar a otros vehículos en lugares no permitidos, como curvas, zonas con visibilidad limitada o cruces peatonales, ya que pone en peligro la seguridad vial y puede causar accidentes graves. La sanción correspondiente es una multa de $100.000.


ART 9: Conducir marcha atrás

Se establece como falta circular en dirección contraria en vías de un solo sentido, ya que representa un riesgo para la seguridad vial y puede ocasionar colisiones o atropellos. La sanción correspondiente es una multa de $70.000.


ART 10: Ignorar señales de la autoridad policial

El artículo 13 tipifica como falta no obedecer las señales y órdenes de la policía de tránsito, lo que dificulta el control del tráfico y genera riesgos para conductores y peatones. La sanción correspondiente es una multa de $120.000.


ART 11: Evadir control de tráfico policial

Se considera como falta intentar evadir un control de tráfico policial, ya que obstaculiza el trabajo de las autoridades y puede llevar a la comisión de otros delitos. La sanción correspondiente es una multa de $250.000.


ART 12: Conducir vehículo en mal estado

Tipifica como falta conducir un vehículo en condiciones peligrosas, como frenos defectuosos, neumáticos desgastados o luces inoperativas, lo que aumenta el riesgo de accidentes y pone en peligro a los ocupantes y demás usuarios de la vía. La sanción correspondiente es una multa de $150.000.


ART 13: Conducir a exceso de velocidad

Se considera como falta exceder los límites de velocidad establecidos para una vía, ya que aumenta el riesgo de accidentes y reduce el tiempo de reacción ante imprevistos. La sanción correspondiente es una multa de $70.000.


ART 14: Conducción temeraria

Tipifica como falta la conducción temeraria, caracterizada por poner en peligro la seguridad vial mediante maniobras imprudentes, como exceso de velocidad o desobedecer las normas de tránsito. Esta conducta puede causar accidentes graves y lesiones a otras personas. La sanción correspondiente es una multa de $180.000.


ART 15: Conducir bajo los efectos del alcohol

Establece como falta conducir bajo los efectos del alcohol, ya que afecta las capacidades psicomotoras del conductor y aumenta considerablemente el riesgo de accidentes. La sanción correspondiente es una multa de $300.000.


ART 16: Conducir un vehículo sin licencia

Se considera como falta conducir un vehículo sin la licencia correspondiente, que acredita los conocimientos y habilidades necesarios para circular de manera segura. Esta acción pone en riesgo la seguridad vial y está sujeta a una multa de $100.000.

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Última actualización hace 3 meses