Título II
Agresiones, Disturbios y Malas Conductas
ART 17: Alteración del orden público
Se establece como falta la alteración del orden público, que incluye disturbios, manifestaciones violentas o cualquier conducta que perturbe la tranquilidad y seguridad ciudadana. La sanción correspondiente es una multa de $750.000.
ART 18: Delito de racismo
Tipifica como falta discriminar, ofender o denigrar a una persona o grupo por su raza, etnia, nacionalidad u origen racial, ya que el racismo vulnera los principios de igualdad y dignidad humana. La sanción correspondiente es una multa de $5.000.000.
ART 19: Amenaza de muerte
Tipifica como falta amenazar de muerte a otra persona, ya sea de forma directa o indirecta, manifestando la intención de causarle daño mortal. Esta conducta genera temor e inseguridad en la víctima y está sujeta a una multa de $1.500.000.
ART 20: Suplantación de identidad
Establece como falta la suplantación de identidad, que implica hacerse pasar por otra persona para obtener beneficios o perjudicar a terceros. Esta acción vulnera la integridad y seguridad de la identidad personal y está sujeta a una multa de $1.000.000.
ART 21: Pelea a golpes en vía pública
Tipifica como falta participar en una pelea a golpes en la vía pública, ya que genera disturbios y pone en riesgo la integridad física de los involucrados y los transeúntes. La sanción correspondiente es una multa de $450.000.
ART 22: Ocultación de identidad
El artículo 29 tipifica como delito la ocultación de identidad, que consiste en ocultar el rostro o utilizar medios para impedir su reconocimiento durante la comisión de un delito u otras conductas ilícitas. Esta acción dificulta la identificación y persecución de los responsables y está sujeta a una multa de $200.000.
ART 23: Obstruccion a la Justicia
Tipifica como falta la obstrucción a la justicia, que incluye falsificar pruebas, ocultar evidencia o interferir en el trabajo de los funcionarios encargados de administrar justicia. Esta conducta obstaculiza el correcto funcionamiento del sistema judicial y está sujeta a una multa de $1.000.000.
ART 24: Cohecho
Establece como falta el cohecho, que consiste en ofrecer, entregar o recibir dinero, bienes o cualquier otra ventaja indebida para obtener un trato favorable o influir en el desempeño de un funcionario público. Esta conducta corrompe el ejercicio de la función pública y está sujeta a una multa de $850.000.
ART 25: Falsedad documental
Tipifica como falta la falsedad documental, que incluye la creación, alteración o uso de documentos falsos con el fin de engañar a terceros o perjudicar los derechos de otros. Esta conducta atenta contra la veracidad y confianza en los documentos legales y está sujeta a una multa de $1.500.000.
ART 26: Allanamiento de morada
Establece como falta el allanamiento de morada, que consiste en ingresar sin autorización a la vivienda de otra persona, violando la intimidad y seguridad del hogar. Esta infracción está sujeta a una multa de $650.000.
ART 27: Pertenencia a organizaciones o grupos criminales
Tipifica como falta la pertenencia a organizaciones o grupos criminales, que implica formar parte de una estructura delictiva con el fin de cometer delitos de manera organizada. Esta conducta fomenta la criminalidad y está sujeta a una multa de $8.340.000.
ART 28: Robo en bienes nacionales de uso público
Establece como falta el robo de bienes nacionales de uso público, que consiste en la sustracción ilegal de bienes o elementos pertenecientes al patrimonio público y destinados al uso de la ciudadanía. Esta conducta afecta los recursos y servicios públicos y está sujeta a una multa de $120.000.
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