Título III
Delitos de Robo
ART 29: Hurto
Establece como falta el hurto, que consiste en la sustracción de bienes muebles ajenos sin el consentimiento de su propietario. Esta conducta afecta el patrimonio de terceros y está sujeta a una multa de $90.000.
ART 30: Robo con intimidación
Tipifica como falta el robo con intimidación, que consiste en apoderarse de bienes ajenos mediante el uso de violencia, amenazas o coacción física o psicológica. Esta conducta pone en riesgo la seguridad y la integridad de las personas y está sujeta a una multa de $900.000.
ART 31: Robo con violencia
Establece como falta el robo con violencia, que implica apoderarse de bienes ajenos mediante el uso de fuerza física o violencia extrema, causando daño o lesiones a las víctimas. Esta conducta está sujeta a una multa de $700.000.
ART 32: Robo en lugar no habitado
Tipifica como falta el robo en lugar no habitado, que implica la sustracción de bienes en propiedades o lugares no destinados a la residencia permanente. Esta conducta afecta el patrimonio y la seguridad de los propietarios y está sujeta a una multa de $250.000.
ART 33: Robo en lugar habitado
Establece como falta el robo en lugar habitado, que consiste en la sustracción de bienes en viviendas o espacios destinados a la residencia de personas. Esta conducta atenta contra la seguridad y tranquilidad de los residentes y está sujeta a una multa de $450.000.
ART 34: Robo calificado
Tipifica como falta el robo calificado, que consiste en la sustracción de bienes mediante circunstancias agravantes, como el uso de armas de fuego, violencia extrema o la participación de dos o más personas. Esta conducta está sujeta a una multa de $300.000.
ART 35: Receptación
Establece como falta la receptación, que consiste en adquirir, recibir, ocultar o comercializar bienes provenientes de un robo, sabiendo que fueron sustraídos ilegalmente. Esta conducta fomenta la comisión de delitos y está sujeta a una multa de $50.000.
ART 36: Robo por sorpresa
Tipifica como falta el robo por sorpresa, que consiste en apoderarse de bienes aprovechando la desprevenida de la víctima mediante tácticas engañosas o distractoras. Esta conducta está sujeta a una multa de $70.000.
ART 37: Robo con fuerza
Establece como falta el robo con fuerza, que implica la sustracción de bienes mediante violencia sobre las cosas, como romper cerraduras, ventanas u otros medios para acceder a los bienes. Esta conducta está sujeta a una multa de $250.000.
ART38: Portar elementos para cometer delitos
Tipifica como falta el porte de elementos o instrumentos destinados a cometer delitos, como herramientas para forzar cerraduras o acceder ilícitamente a lugares. Esta conducta evidencia la intención de delinquir y está sujeta a una multa de $500.000.
ART 39: Acoso constante
Establece como falta el acoso constante y no deseado hacia una persona, mediante conductas persistentes que generan temor, intimidación o alteran la vida cotidiana de la víctima. Esta conducta viola la integridad y tranquilidad de los individuos y está sujeta a una multa de $300.000.
ART 40: Agresión Física
Tipifica como falta la agresión física o verbal hacia un civil, que causa daños o lesiones en su integridad física o moral. Esta conducta atenta contra la seguridad y dignidad de los individuos y está sujeta a una multa de $70.000.
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