Título IV
Delitos contra la Salud Pública
ART 41: Posesión de drogas
Establece como falta la posesión de drogas ilícitas para uso personal, que implica tener sustancias estupefacientes o psicotrópicas sin autorización legal. Esta conducta atenta contra la salud pública y está sujeta a una multa de $40.000.
ART 42: Tráfico de drogas
Tipifica como falta el tráfico de drogas, que incluye actividades como la producción, fabricación, transporte, comercialización o distribución ilícita de sustancias estupefacientes o psicotrópicas. Esta conducta fomenta el narcotráfico y está sujeta a una multa de $600.000.
ART 43: Microtráfico de drogas
Establece como falta el microtráfico de drogas, que consiste en la venta o distribución de pequeñas cantidades de sustancias estupefacientes o psicotrópicas. Esta conducta perjudica la salud de las personas y está sujeta a una multa de $500.000.
ART 44: Consumo de drogas
Tipifica como falta el consumo de drogas ilícitas, que implica la ingesta, inhalación o uso de sustancias estupefacientes o psicotrópicas sin autorización legal. Esta conducta afecta la salud individual y la convivencia social, y está sujeta a una multa de $300.000.
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